Bases y condiciones del "Sorteo Aniversario iU"

BANCO SANTANDER RIO SA (en adelante, el "Organizador" y o el “Banco”) con domicilio en la calle Av. Juan de Garay 151 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, realiza este concurso (en adelante, el "Concurso"), que quedará sujeto a las bases y condiciones que seguidamente se detallan (en adelante, las "Bases").

1. ACEPTACION DE BASES

La participación en el Concurso implica la aceptación sin reserva alguna de las Bases, así como también de las decisiones que adopte el Organizador, conforme a derecho, sobre cualquier cuestión no prevista en ellas.

2. VIGENCIA

El Concurso estará vigente entre las 00:00 horas del día 21 de agosto de 2020 hasta las 23:59 horas del día 21 de agosto de 2020 ( en adelante, el “Plazo de Vigencia”), sin perjuicio de lo establecido en el punto 16 de estas Bases. El Concurso se regirá por la normativa vigente en la materia y, en especial, por estas Bases. Será válido en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Gran Buenos Aires, de la República Argentina (en adelante, el “Territorio”).

3. PARTICIPANTES:

3.1 Pueden participar en el Concurso (en adelante, el “Participante” y en plural, los “Participantes”)

a) “Participantes Grupo Uno”: personas físicas de dieciocho (18) años a treinta y uno (31) años con productos radicados en sucursales del Banco ubicadas dentro del Territorio y que cumplan con las condiciones establecidas en el pto. 4.1.

b) “Participantes Grupo Dos”: personas físicas mayores de dieciocho (18) años, que no sean Clientes con domicilio dentro del Territorio o Clientes con productos radicados en sucursales del Banco ubicadas dentro del Territorio pero que no se encuentren incluidos en la categoría del inciso anterior y que cumplan con las condiciones establecidas en el pto. 4.2.

3.2. No podrán participar del Concurso:

(i) personas jurídicas.

(ii) personas menores de dieciocho años de edad o legalmente incapaces.

(iii) personas físicas que cumplan con las condiciones del pto. 4 pero poseen productos radicados en sucursales ubicadas fuera del Territorio; o domicilio fuera del Territorio.

Iv) directivos y empleados del Banco, ni empleados de Santander Rio Tecnología, ni Santander Río Seguros.

4. MECANISMO DE PARTICIPACIÓN: SUMA DE CHANCES

4.1. Participantes Grupo Uno: Obtendrán una (1) chance de participación en el Sorteo por la contratación de una Supercuenta1 de manera cien por ciento (100%) digital durante el Período de acumulación de chances:

4.2. Participantes Grupo dos: obtendrán una (1) chance de participación en el Sorteo si envían a la siguiente casilla: segmentoiu@santander.com.ar un correo electrónico contando por qué motivo te interesaría ser un cliente “IU”. También deberán comunicar nombre, apellido, dni, fecha de nacimiento, dirección, número de teléfono de línea, celular y correo electrónico. La participación es gratuita y sólo se podrá obtener una (1) chance por Participante.

4.3. Período para suma de chances (en adelante, el “Período de acumulación de chances”).

Los Participantes sumarán y acumularán chances para participar de cada Sorteo durante el día 21/08/2020.

4.4. No se aceptará ningún otro método de participación que no sean los descriptos anteriormente.

5. SORTEO:

5.1. El Banco realizará un sorteo (en adelante, el “Sorteo”) de forma remota el día viernes 28/08/2020. Si el día fijado fuese decretado como feriado, día no laborable o si por cualquier motivo el Banco no atendiera el público, el Sorteo se realizará en el mismo lugar y a la misma hora, el día hábil siguiente a dicha fecha.

5.2. El Sorteo se realizará a través de un procedimiento informático de selección aleatoria y del que participarán todos aquellos Participantes que hayan cumplido con los ptos. 3 y 4.

5.4. En cada Sorteo serán seleccionados cincuenta (50) Participantes, que serán declarados como potenciales ganadores titulares (en adelante, el/los “Potencial/es Ganador/es Titular/es”) y cincuenta (50) Participantes suplentes que serán declarados como potenciales ganadores suplentes (en adelante, el/los “Potencial/es Ganador/es Suplente/es”). Estos últimos sólo tendrán derecho a acceder al Premio en caso de que el Potencial Ganador Titular no cumpla con lo establecido en el punto 6.

6. NOTIFICACIÓN DEL CARÁCTER DE POTENCIAL GANADOR Y ASIGNACION DEL PREMIO.

6.1. El Participante que resulte Potencial Ganador Titular será notificado de su carácter de tal telefónicamente y/o por correo electrónico (en adelante, la “Notificación”), dentro de los _3_días hábiles posteriores a la realización del Sorteo. Para convertirse en ganador (en adelante, el “Ganador”), el Potencial Ganador Titular deberá acreditar su identidad mediante la presentación de su DNI y/o mediante código de IVR .

6.2. El Acto de Asignación del Sorteo tendrá lugar dentro de los siguientes 10 (diez) días del Sorteo. El mismo se hará presencialmente.

6.3. Si el Potencial Ganador Titular no acreditara su identidad, y/o no hubiere cumplido con lo indicado en los puntos 3 y/o 4 de estas Bases, quedará automáticamente eliminado y perderá la posibilidad de hacerse acreedor del Premio, sin derecho a reclamo alguno. En caso de eliminación del Potencial Ganador Titular, el Banco procederá a notificar, dentro de los siguientes 3 días al Acto de Asignación en cuestión, a quien haya resultado Potencial Ganador Suplente conforme el mismo mecanismo de notificación prescripto en el punto 6.1., quien para participar en un nuevo Acto de Asignación donde deberá acreditar su identidad mediante la presentación de su DNI y/ o manifestando su código IVR .

6.4. En este último caso, cada Potencial Ganador Suplente reemplazará al Potencial Ganador Titular en el mismo orden de prelación en el que fue designado éste último.

6.5. Si el Potencial Ganador Suplente citado no acreditara su identidad y/o no hubiere cumplido con lo indicado en los puntos 4 y 5 de estas Bases, quedará automáticamente eliminado y perderá la posibilidad de hacerse acreedor del Premio, sin derecho a reclamo alguno.

6.6. En caso que por cualquier motivo algún Premio no fuera asignado a un Ganador, el mismo será de propiedad del Banco, quien podrá darle el destino que considere conveniente.

7. DIFUSIÓN DEL GANADOR.

Los datos de las personas que resulten designadas como Ganadores de este Concurso será anunciado en el sitio de Internet http://www.santanderrio.com.ar

8. PREMIO.

8.1. Los premios totales del Concurso (en adelante, el/los “Premio/s”) consisten en cincuenta (50) Premios. Cada Ganador será acreedor de un (1) Premio, que incluye para él una (1) bolsa ecológica, (1) gorra (1) lata de cerveza, (1) aro de luz y paquete de snacks.

8.2. El Premio será entregado dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores al Acto de Asignación del Premio. El Organizador acordará con el Ganador para entregarle el Premio al domicilio que se encuentre dentro del Territorio.

8.3. Cada premio será personal, y no podrá ser canjeado por otro premio.

9. GASTOS Y/O IMPUESTOS.

Todo gasto e impuestos en el que deban incurrir los Clientes y/o Participantes y/o Ganadores y/o sus acompañantes a fin de retirar su Premio y/o viajar y/o asistir al Acto de Asignación, tales como gastos de traslado, estadía, etc. serán a cargo de éstos, exclusivamente.

10. RESPONSABILIDAD.

10.1. El Banco no se responsabiliza por ningún daño personal o material o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada a los Clientes y/o Participantes y/o Potenciales Ganadores y/o Ganadores, y/o a terceras personas, con motivo o en ocasión de su participación y/o retiro del Premio y/o utilización del mismo una vez que estos hayan sido entregados

10.2. Los Participantes eximen expresamente al Banco de toda responsabilidad ocasionada por cualquier daño o perjuicio sufrido por estos, proveniente del caso fortuito o fuerza mayor, hechos de terceros y/o cualquier responsabilidad que no resultare imputable en forma directa.

10.3. En caso que el Evento se deba suspender temporaria o definitivamente, por causas o motivos de fuerza mayor, el Banco no tendrá responsabilidad alguna frente a los Ganadores. El Banco no será responsable de los daños y perjuicios que pudieran sufrir los Ganadores en sus personas y/o bienes. El Banco tampoco responderá en caso de prórroga del Evento y/o en caso que se modifique la ubicación del Evento.

11. AUTORIZACIÓN.

11.1. Los Ganadores y/o Potenciales Ganadores autorizan expresamente al Banco a difundir sus nombres, DNI, voz e imagen, con fines promocionales, en el sitio web del Banco, Facebook, Twitter, Instagram y en otros instrumentos publicitarios, sin derecho a compensación alguna, durante el Plazo de Vigencia y hasta los tres (3) años de finalizado dicho Plazo de Vigencia, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 25.326. En tal sentido, los Ganadores suscribirán toda la documentación legal que sea exigida al efecto por el Banco.

12. MANIOBRAS QUE DESNATURALICEN LA PROMOCIÓN.

12.1. El Banco podrá prohibir la participación en el Concurso como así también podrá no otorgar el Premio del Concurso a aquellas personas que intenten socavar la operación legítima del Concurso por medio de trampas, fraudes, engaños o cualquier otra práctica desleal de juego destinada a ganar de forma ilegítima, molestar, insultar, amenazar o acosar a otros Participantes , al Banco y/o empleados o funcionario del Banco sin perjuicio del derecho de reclamar los daños y perjuicios irrogados como consecuencia de dicho proceder.

12.2.El derecho a participar solo podrá obtenerse durante la Vigencia del Concurso. El Organizador no será responsable por pérdidas de información, interrupciones o incapacidades de la red, servidor, fallas en las transmisiones de las líneas telefónicas o fallas técnicas, sean ellas provenientes de un error de tipo humano, mecánico o electrónico que pudieren afectar la participación en el Concurso o la recepción de la comunicación a los Ganadores.

13. REGISTRO DEL CONCURSO. BASE DE DATOS.

13.1. Los datos de los Clientes del Banco y demás Participantes serán incluidos en una base de datos inscripta en el Registro Nacional de Bases de Datos Personales por el Banco para establecer perfiles determinados con fines promocionales y comerciales. El titular de la base de datos es el Banco Santander Rio S.A., CUIT: 30-50000845-4. Domicilio: Av. Juan de Garay 151, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los datos personales brindados por el usuario y los que en el futuro brinde son de carácter facultativo y son recogidos a los fines de su participación en el Concurso y/o contratación u ofrecimiento de productos y servicios.

El titular de los datos podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación y supresión de sus datos en cualquier momento y a su sola solicitud ante el Banco.

13.2. En cumplimiento de la Resolución AAIP Nº 14/2018, le hacemos saber que la Agencia de Acceso a la Información Pública, en su carácter de Órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales..

13.3. Al participar en el Concurso y facilitar sus datos al Banco, los Participantes prestan expreso consentimiento para que tales datos puedan ser utilizados por el Banco con fines publicitarios y comerciales en general.

14. MEDIOS DE DIFUSIÓN DEL CONCURSO.

El Concurso podrá ser difundido a través de todos los medios masivos de comunicación incluyendo correo electrónicos, sucursales del Banco, sitio web http://www.santanderrio.com.ar, y en las redes sociales oficiales del Banco.

15. ACEPTACIÓN DE LAS BASES.

Por el hecho de participar en la presente Promoción, los Clientes y los Participantes reconocen estar sujetos a las condiciones establecidas en las presentes Bases, las cuales podrán ser consultadas en el sitio web del Banco http://www.santanderrio.com.ar.

16. SUSPENSIÓN, CANCELACIÓN, MODIFICACIÓN.

El Banco se reserva el derecho de cancelar, suspender o modificar el Concurso en cualquier momento y sin previo aviso por razones que así lo justifiquen, y/o por fuerza mayor y/o caso fortuito.

17. JURISDICCIÓN.

Todas divergencias que pudieran surgir con relación al Concurso y a todos los efectos de misma, los Participantes y el Organizador se someten a la jurisdicción y competencia de los tribunales ordinarios de la Ciudad de Buenos Aires.

BANCO SANTANDER RÍO S.A.