Bases y condiciones del Concurso “Choconova”

BANCO SANTANDER RIO SA (en adelante, el "Organizador" y o el “Banco”) con domicilio en la calle Av. Juan de Garay 151 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, realiza este concurso (en adelante, el "Concurso"), que quedará sujeto a las bases y condiciones que seguidamente se detallan (en adelante, las "Bases").

1. ACEPTACION DE BASES

La participación en el Concurso implica la aceptación sin reserva alguna de las Bases, así como también de las decisiones que adopte el Organizador, conforme a derecho, sobre cualquier cuestión no prevista en ellas.

2. VIGENCIA

El Concurso estará vigente entre las 18:00 horas del día 17 de diciembre de 2020 hasta las 12 horas del día 22 de Diciembre de 2020 ( en adelante, el “Plazo de Vigencia”), sin perjuicio de lo establecido en el punto 16 de estas Bases. El Concurso se regirá por la normativa vigente en la materia y, en especial, por estas Bases. Será válido en la República Argentina, excepto las provincias de Mendoza, Neuquén, Salta, Rio Negro y Tierra del Fuego, (en adelante, el “Territorio”).

3. PARTICIPANTES:

3.1 Pueden participar en el Concurso (en adelante, el “Participante” y en plural, los “Participantes”)

a) “Participantes Grupo”: personas físicas mayores de trece (13) años de edad, beneficiarias de una Tarjeta Recargable perteneciente al segmento NOVA del Banco (en adelante, la “Tarjeta NOVA”) , que se encuentre radicadaen sucursales del Banco ubicadas dentro del Territorio durante la Vigencia de este Concurso y que cumplan con las condiciones establecidas en el pto. 4.1.

b) “Participantes Grupo Dos”: personas físicas mayores de dieciocho años (18) años, con domicilio dentro del Territorio, que no se encuentren incluidos en la categoría del inciso anterior. y que cumplan con las condiciones establecidas en el pto. 4.2.

3.2. No podrán participar del Concurso:

(i) personas jurídicas.

(ii) personas legalmente incapaces.

(iii) personas físicas que cumplan con las condiciones del pto. 4 pero poseen productos radicados en sucursales ubicadas fuera del Territorio; o domicilio fuera del Territorio.

Iv) directivos y empleados del Banco, ni empleados de Santander Rio Tecnología, ni Santander Río Seguros, y los exempleados que se hubieren desvinculado del mismo dentro de los treinta (30) días anteriores al comienzo de la Concurso y los parientes por consanguinidad o afinidad de esos empleados y ex empleados hasta el segundo grado inclusive y sus cónyuges.

4. MECANISMO DE PARTICIPACIÓN: SUMA DE CHANCES

4.1. Participantes Grupo Uno: Obtendrán una (1) chance de participación en el Sorteo por cada publicación que realices en tu cuenta de Tiktok en la cual muestres la chocotorta que cocinaste y decoraste como si fuera una Tarjeta Nova.. Deberás mencionar seguir y mencionar en la publicación a @santander_nova.

4.2. Participantes Grupo dos Los Participantes no Clientes obtendrás una (1) chance de participación en el Concurso si envían un (1) dibujo del logo del Banco Santander escaneado y adjunto a SEGMENTONOVA@santanderrio.com.ar J.unto con el dibujo deberán comunicar Nombre y Apellido completo, DNI, fecha de nacimiento, dirección, número de teléfono de línea y celular; y correo electrónico. La participación es gratuita y sólo se podrá obtener una (1) chance por Participante.

5. SORTEO:

5.1. El Banco realizará un sorteo (en adelante, el “Sorteo”) en Av. Garay 151, piso 5, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el día 22 de diciembre de 2020 a las 13hs. Si debido a la propagación del COVID-19, el Banco se ve imposibilitado de realizar el Sorteo en el domicilio indicado, podrá llevarlo a cabo de forma remota.

Si el día fijado fuese decretado como feriado, día no laborable o si por cualquier motivo el Banco no atendiera el público, el Sorteo se realizará en el mismo lugar y a la misma hora, el día hábil siguiente a dicha fecha.

5.2. El Sorteo se realizará a través de un procedimiento informático de selección aleatoria y del que participarán todos aquellos Participantes que hayan cumplido con los ptos. 3 y 4.

5.4. Durante el Sorteo serán seleccionado tres (3) Participante, que serán declarados como ganadores titulares (en adelante, el/los “Potencial/es Ganador/es Titular/es”) y tres (3) Participante suplente que será declarado como potencial ganadores suplentes (en adelante, el/los “Potencial/es Ganador/es Suplente/es”). Estos últimos sólo tendrán derecho a acceder al Premio en caso que el Potencial Ganador Titular no cumpla con lo establecido en el punto 6.

6. NOTIFICACIÓN DEL CARÁCTER DE POTENCIAL GANADOR Y ASIGNACION DEL PREMIO.

6.1 El Participante que resulte Potencial Ganador Titular será notificado de su carácter de tal por mensaje privado de Instagram (en adelante, la “Notificación”), dentro de los 5 (cinco) días hábiles posteriores a la realización de la Selección. Para convertirse en ganador (en adelante, el “Ganador”), el Potencial Ganador Titular deberá haber recibido el Premio conforme lo establecido en el apartado 8 de las presentes Bases.

6.2. El Acto de Asignación tendrá lugar dentro de los siguientes 10 (diez) días hábiles del Concurso.

6.3. Si el Potencial Ganador Titular no acreditara su identidad, y/o no hubiere cumplido con lo indicado en los puntos 3 y/o 4 de estas Bases, quedará automáticamente eliminado y perderá la posibilidad de hacerse acreedor del Premio, sin derecho a reclamo alguno. En caso de eliminación del Potencial Ganador Titular, el Banco procederá a notificar a quien haya resultado Potencial Ganador Suplente conforme el mismo mecanismo de notificación prescripto en el punto 6.1.

6.4. Si el Potencial Ganador Suplente no hubiere cumplido con lo indicado en los puntos 3 y/o 4 de estas Bases, quedará automáticamente eliminado y perderá la posibilidad de hacerse acreedor del Premio, sin derecho a reclamo alguno.

6.5. En caso de que por cualquier motivo algún Premio no fuera asignado a un Ganador, el mismo será de propiedad del Banco, quien podrá darle el destino que considere conveniente.

7. DIFUSIÓN DEL GANADOR.

Los nombres de los usuarios de Tiktok que resulten designados como Ganadores de este Concurso será anunciado en el Sitio web, perfiles de Instagram, Facebook dentro de los siguientes cinco (5) días hábiles de finalizado el Concurso.

8. PREMIO.

8.1. El Premio del Concurso (en adelante, el/los “Premio/s”) consisten en tres (3) Premios. Cada Ganador será acreedor de un (1) Premio que consiste en una recarga de cinco mil pesos ($5000) en tu Tarjeta NOVA.

8.2. El Premio será asignado y entregado a los Ganadores de forma aleatoria dentro de los 10 días hábiles de notificado el Potencial Ganador (en adelante “Acto de Asignación”). El Banco hará entrega del Premio en la tarjeta recargable del beneficiario dentro de los 10 días de ser notificado como tal. En caso de que el Ganador sea un Participante del Grupo Dos y no tenga una Tarjeta NOVA el Banco le ofrecerá que una persona mayor de 18 años de edad realice la contratación de una Tarjeta NOVA y lo designe como beneficiario para acreditar el Premio allí. Los gastos e impuestos que se originen en virtud de la Participación o del Acto de Asignación, serán asumidos en forma exclusiva por el Ganador, con excepción del impuesto de emergencia a los premios definidos en la Ley 20.630 y la Resolución General A.F.I.P. 1.588/2003 que estarán a cargo del Banco, por decisión comercial de éste último

8.3. Cada premio será personal, y por ende es intransferible, y no podrá ser canjeado por otro premio al momento del Acto de Asignación bajo ninguna circunstancia.

9. GASTOS Y/O IMPUESTOS.

Todo gasto e impuestos en el que deban incurrir los Clientes y/o Participantes y/o Ganadores y/o sus acompañantes a fin de retirar su Premio y/o viajar y/o asistir al Acto de Asignación, tales como gastos de traslado, estadía, etc. serán a cargo de éstos, exclusivamente, con excepción del impuesto de emergencia a los premios definidos en la Ley 20.630 y la Resolución General A.F.I.P. 1.588/2003 que estará a cargo del Banco por decisión comercial de éste último.

10. RESPONSABILIDAD.

10.1. El Banco no se responsabiliza por ningún daño personal o material o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada a los Clientes y/o Participantes y/o Potenciales Ganadores y/o Ganadores, y/o a terceras personas, con motivo o en ocasión de su participación y/o retiro del Premio y/o utilización del mismo una vez que estos hayan sido entregados

10.2. Los Participantes eximen expresamente al Banco de toda responsabilidad ocasionada por cualquier daño o perjuicio sufrido por estos, proveniente del caso fortuito o fuerza mayor, hechos de terceros y/o cualquier responsabilidad que no resultare imputable en forma directa.

11. AUTORIZACIÓN.

11.1. Los Ganadores y/o Potenciales Ganadores autorizan expresamente al Banco a difundir sus usuarios de Tiktok en el sitio web del Banco, Facebook, Twitter, Instagram y en otros instrumentos publicitarios, sin derecho a compensación alguna, durante el Plazo de Vigencia y hasta los tres (3) años de finalizado dicho Plazo de Vigencia, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 25.326..

12. MANIOBRAS QUE DESNATURALICEN LA PROMOCIÓN.

12.1. El Banco podrá prohibir la participación en el Concurso como así también podrá no otorgar el Premio del Concurso a aquellas personas que intenten socavar la operación legítima del Concurso por medio de trampas, fraudes, engaños o cualquier otra práctica desleal de juego destinada a ganar de forma ilegítima, molestar, insultar, amenazar o acosar a otros Participantes , al Banco y/o empleados o funcionario del Banco sin perjuicio del derecho de reclamar los daños y perjuicios irrogados como consecuencia de dicho proceder.

12.2.El derecho a participar solo podrá obtenerse durante la Vigencia del Concurso. El Organizador no será responsable por pérdidas de información, interrupciones o incapacidades de la red, servidor, fallas en las transmisiones de las líneas telefónicas o fallas técnicas, sean ellas provenientes de un error de tipo humano, mecánico o electrónico que pudieren afectar la participación en el Concurso o la recepción de la comunicación a los Ganadores.

12.3. . El Banco podrá descalificar a los Participaciones que tengan un perfil falso o basado en datos falsos., y a aquel que suba alguna foto con contenido que pueda ser ofensivo, indecente, ilegal, peligroso, amenazante, abusivo, vulgar, obsceno, calumnioso, invasivo de la privacidad de terceros, discriminatorio, o de cualquier otra forma cuestionable. Se considerará que las participaciones han sido efectuadas por el propietario autorizado de la cuenta o perfil utilizado para participar en el concurso. Se entenderá por “propietario autorizado de la cuenta” a la persona que se encuentre registrada como titular del perfil en Instagram o a quien un proveedor de acceso a Internet, proveedor de servicios en línea, u otra organización (por ejemplo: comercial, educativa, institucional), responsable de la asignación de direcciones de correo electrónico para el dominio asociado con la dirección de correo electrónico relacionada con ese perfil, ha asignado la dirección de correo electrónico.

13. BASE DE DATOS.

13.1. Los datos de los Clientes del Banco y demás Participantes serán incluidos en una base de datos inscripta en el Registro Nacional de Bases de Datos Personales por el Banco para establecer perfiles determinados con fines promocionales y comerciales. El titular de la base de datos es el Banco Santander Rio S.A., CUIT: 30-50000845-4. Domicilio: Av. Juan de Garay 151, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los datos personales brindados por el usuario y los que en el futuro brinde son de carácter facultativo y son recogidos a los fines de su participación en el Concurso y/o contratación u ofrecimiento de productos y servicios.

El titular de los datos podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación y supresión de sus datos en cualquier momento y a su sola solicitud ante el Banco.

13.2. En cumplimiento de la Resolución AAIP Nº 14/2018, le hacemos saber que la Agencia de Acceso a la Información Pública, en su carácter de Órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales.

13.3. Al participar en el Concurso y facilitar sus datos al Banco, los Participantes prestan expreso consentimiento para que tales datos puedan ser utilizados por el Banco con fines publicitarios y comerciales en general.

14. MEDIOS DE DIFUSIÓN DEL CONCURSO.

El Concurso podrá ser difundido a través de todos los medios masivos de comunicación incluyendo correos electrónicos, Online Banking, sucursales del Banco, sitio web http://www.santanderrio.com.ar, y en las redes sociales.

15. ACEPTACIÓN DE LAS BASES.

Por el hecho de participar en la presente Promoción, los Clientes y los Participantes reconocen estar sujetos a las condiciones establecidas en las presentes Bases, las cuales podrán ser consultadas en el sitio web del Banco http://www.santanderrio.com.ar.

16. SUSPENSIÓN, CANCELACIÓN, MODIFICACIÓN.

El Banco se reserva el derecho de cancelar, suspender o modificar el Concurso en cualquier momento y sin previo aviso por razones que así lo justifiquen, y/o por fuerza mayor y/o caso fortuito.

17. JURISDICCIÓN.

Todas divergencias que pudieran surgir con relación al Concurso y a todos los efectos de misma, los Participantes y el Organizador se someten a la jurisdicción y competencia de los tribunales ordinarios de la Ciudad de Buenos Aires.

BANCO SANTANDER RÍO S.A.