BASES DE LA CONVOCATORIA AL CONCURSO EFICIENCIA ENERGÉTICA BANCO SANTANDER 

1.  DISPOSICIONES GENERALES Y CONDICIONES PARA PARTICIPAR 

1.1. El Concurso EFICIENCIA ENERGÉTICA BANCO SANTANDER (en adelante, el “Concurso”) propone reconocer a las personas humanas y/o jurídicas, con o sin fines de lucro, por sus esfuerzos y logros alcanzados con relación al ahorro y uso eficiente de la energía en diferentes sectores de actividad, potenciando la innovación como fuente de transformación e incrementando su competitividad como un modo de contribuir al desarrollo económico y social del país. De esta manera, Banco Santander Río S.A (en adelante “el Banco”) organiza el Concurso como un apoyo al entramado productivo de las organizaciones argentinas. El Concurso se regirá por las presentes bases y condiciones (en adelante las “Bases”). 

CUALQUIER PERSONA QUE NO ACEPTE ESTOS TÉRMINOS Y CONDICIONES, LOS CUALES TIENEN UN CARÁCTER OBLIGATORIO Y VINCULANTE, DEBERÁ ABSTENERSE DE PARTICIPAR EN EL CONCURSO.

1.2. CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN:

 Los interesados en participar deberán cumplir con las siguientes condiciones:
-  Ser personas humanas (mayores de 18 años) o jurídicas, con o sin fines de lucro, que hayan implementado en el territorio nacional acciones de eficiencia energética en los últimos 2 años (2018 – 2019), (en adelante “el/los Participante/s”). 
- Los Participantes recibirán un link de acceso para la inscripción al Concurso, donde deberán completar con datos claros y exactos, el formulario de inscripción (en adelante “el Formulario”). En caso de no recibirlo, el/los Participantes podrán acceder al Formulario mediante el siguiente link: https://banco.santander.com.ar/exec/form-eficiencia-energetica/index.jsp , deberán ingresar sus datos y completar el Formulario puesto a disposición por el Banco, con datos claros y exactos y enviarlo al siguiente correo electrónico CONCURSOSANTANDER@santanderrio.com.ar
- Los participantes deberán regirse por las fechas establecidas en la convocatoria del Concurso. 
- Los Participantes presentarán la información de la postulación en el formato establecido en las Bases. La participación en el Concurso es gratuita y sin obligación de compra.
- Los Participantes deberán permitir visitas/reuniones con un representante del Banco para verificar la veracidad e implementación del proyecto postulado en el Concurso; facilitar la información complementaria que el Comité le requiera; y presentar el proyecto frente al Comité, en el caso que éste lo solicite. 
- Los Participantes deberán permitir al Banco el uso de la información acerca de los logros obtenidos por el Participante para promover el uso eficiente de la energía. 
- La postulación del Participante al Concurso supone la aceptación de estas Bases. 

- El Participante deberá tener abierta una caja de ahorro gratuita o una cuenta corriente en el Banco Santander Rio SA, a su nombre, a los fines de la acreditación del Premio en caso de resultar ganador.


1.2.1 EJEMPLOS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA

Las medidas de eficiencia energética – implementadas con o sin costo – que serán consideradas válidas pueden deberse a la instalación de nuevos equipos de alta eficiencia, a una operación más eficiente de equipos ya operativos, a mejoras en el mantenimiento preventivo y correctivo de estos, entre otras acciones. 

A modo de ejemplo, y no restringido a ello, algunas de las medidas de eficiencia energética a través de las cuales el/los Participante/s podrán participar son: 

  • Eficiencia en sistemas de acondicionamiento térmico.
  • Eficiencia en iluminación. 
  • Incorporación de energías renovables para autoconsumo. 
  • Eficiencia en transporte. 
  • Eficiencia en conservación de alimentos. 
  • Eficiencia en aislaciones. 
  • Eficiencia en sistemas de generación y consumo de vapor, agua caliente, hornos y/o secadores. 
  • Eficiencia en sistemas de refrigeración industrial. 
  • Eficiencia en sistemas motrices. 
  • Sustitución en el uso final de las fuentes de energía tradicionales (combustibles fósiles e hidroelectricidad de gran porte) por fuentes de energías renovables no convencionales. 
  • Eficiencia en agua caliente sanitaria. 
  • Incorporación de aplicaciones que permitan una gestión más eficiente de la energía. 
  • Centros educativos que hayan trabajado en generar pautas de consumo eficiente en sus instalaciones con el involucramiento de estudiantes y docentes, a través de campañas de sensibilización y comunicación. 
  • Centros que hayan implementado acciones de ahorro de energía sin costo de implementación, es decir, cuando los ahorros obtenidos son atribuibles a una operación eficiente de las instalaciones. 
  • Centros que hayan implementado modernizaciones en las instalaciones y aplicación de nuevas tecnologías, es decir, cuando los resultados de ahorro se deben principalmente a acciones relacionadas con las reducciones del consumo de energía en la instalación de equipos o sistemas con mayor eficiencia de la existente originalmente. 

1.3. INSCRIPCION y VIEGENCIA

Para realizar la inscripción al Concurso, aquellos Participantes que reúnan los requisitos, indicados en el apartado 1.2, deberán completar los datos requeridos en la convocatoria al presente, ingresando al link indicado en el email recibido del asunto, a través de un banner ingresando a su Online Banking Empresas o ingresando al link indicado en el apartado 1.2. El plazo para la inscripción es desde del 01 de diciembre de 2019 hasta el 28 de febrero de 2020 -ambas fechas inclusive- (en adelante, “la Vigencia”). La información que se introduzca en el formulario será confidencial, verídica y con tenor de declaración jurada.
La entrega formal de los Premios se realizará en un evento exclusivo en el Banco sito en las Av. Juan de Garay 151, Ciudad de Buenos Aires, en la fecha que el Banco informe en el momento de la notificación que el Participante reciba por resultar Ganador del Concurso.


2. PRESENTACIÓN DE LOS PROYECTOS

2.1. Sólo podrán participar los proyectos del/los Participante/s que hayan sido implementados 100% en los últimos 2 años (2018 – 2019); que puedan ser evaluados objetivamente respecto al impacto en eficiencia alcanzado; y que hayan completado correctamente el formulario descrito en el punto 1.3 (en adelante “el Proyecto”). Asimismo, el/los Participante/s deberá/n adjuntar un video (youtube/vimeo) de una extensión no mayor a 3 (tres) minutos en el que se realice una breve presentación del Proyecto.

2.2 El/los Participantes declaran y garantizan que el Proyecto es de su exclusiva autoría y propiedad.

2.3 Un mismo Participante no podrá presentar más de un Proyecto.

3. EVALUACION DE LOS PROYECTOS Y DETERMINACION DE GANADORES 

3.1.  Los Proyectos serán analizados, evaluados y preseleccionados por un Comité Evaluador (en adelante, el “Comité”), de acuerdo con el material presentado por el/los Participantes. El Comité estará formado por integrantes del Banco, representantes de la Universidad Fraternidad de Agrupaciones Santo Tomás de Aquino (en adelante “Universidad FASTA) y/o académicos con experiencia en el estudio de la Eficiencia Energética. 

3.2. El Comité procederá a efectuar una revisión general de los Proyectos presentados, y descartará inmediatamente, si los hay, aquellos que no se ajusten a lo previsto en las presentes Bases. El Comité no realizará devolución, comentario y/o corrección de los Proyectos presentados. 

3.3. A los fines de desarrollar su tarea, el Comité podrá servirse de informes de especialistas que, además de la valoración global del Proyecto, evaluarán los siguientes aspectos: a. Enfoque: Se valora la estrategia, la planificación y los alcances planteados para las acciones realizadas. b. Implantación: Grado de implantación de las medidas o acciones y el impacto en la calidad del servicio que proporciona. Solo se toman en consideración para la evaluación aquellas medidas que, al momento de la postulación, se encuentren totalmente operativas. c. Resultados: Beneficios obtenidos o derivados de la implementación de las acciones. Ej.: reducción de costos operativos y/o de mantenimiento, reducciones de emisiones de gases de efecto invernadero, entre otros. d. Calidad de la postulación: Extensión, claridad y completitud del informe de acciones y resultados. Calidad de las evidencias y de las respuestas a solicitudes de aclaraciones y presentaciones que el comité solicite.

3.4. El Comité preservará el carácter confidencial de la información referente a los Proyectos presentados por el/los Participante/s. El compromiso aquí asumido no alcanza a aquella información contenida en los Proyectos que ya se encuentre en el dominio público al momento de la presentación de los mismos. 
3.5. La decisión de los ganadores por parte del Comité será inapelable y se dará a conocer vía telefónica, a partir del 16 de marzo de 2020, siendo la fecha tope para emitir dicha decisión el 31 de mayo del 2020. El Comité se reserva el derecho de dejar vacante algunos y/o todos los premios. 

4. PREMIOS

4.1. Los proyectos ganadores (en adelante, “el/los Ganador/es”) recibirán los siguientes premios: 1) Primer premio: $ 500.000.- (pesos quinientos mil). 2) Segundo premio: $ 300.000.- (pesos trescientos mil). 3) Tercer Premio: $ 150.000.- (pesos ciento cincuenta mil) (en adelante “el Premio”). En todos los casos se trata de APORTES NO REEMBOLSABLES.

4.2. El Premio se entregará 100% (cien por ciento) en un único desembolso. El Premio será otorgado por el Banco a la Universidad FASTA, siendo la Universidad FASTA quien acreditará los fondos en la caja de ahorro o cuenta corriente abierta en el Banco cuya titularidad es del Ganador. 
4.3 El/los Ganadores no podrá/n exigir el cambio del Premio por otro, ni por un bien o servicio distinto de los indicados en el presente, de modo que el Premio no será negociable. El Premio no podrá ser transferible a terceros.

4.4 Todos los costos y/o gastos derivados de la participación en este Concurso y/o la obtención y/o entrega del Premio se encontrarán a exclusivo cargo, costo y responsabilidad del/los Ganadores. El Premio no incluye ningún otro bien y/o servicio más allá de los enunciados en estas Bases.

5. ASIGNACIÓN DEL PREMIO

5.1 Los Ganadores serán notificados de su carácter como tal telefónicamente y/o al correo electrónico aportado al presente Concurso. En dicha notificación se informará la fecha en la cual deberán presentarse en las oficinas centrales del Banco sitas en V. Juan de Garay 151, Capital Federal, para participar de la ceremonia de entrega de premios. El plazo para aceptar el Premio adjudicado es de treinta (30) días corridos a partir de la fecha de haber recibido la notificación como Ganador del Concurso. Los costos de traslados y estadía, en el caso de que existan, de los Ganadores corren por cuenta y orden de ellos. Previa a la entrega del Premio, los ganadores tendrán 5 minutos para exponer su Proyecto frente al Comité. 

6. RESTRICCIONES

6.1 El/los Participante/s son los únicos responsables del contenido del Proyecto. Solo serán tomados en cuenta para el presente Premio aquellos Proyectos que no posean contenido contrario a las leyes, nocivo, doloso, amenazador, ofensivo, calumnioso, difamatorio, irrespetuoso, infundado, discriminatorio, criminal y/o que acosen o invadan la privacidad de terceros, sean vulgares, profanos, sexualmente explícitos, obscenos, racial o étnicamente ofensivos, o inaceptables de cualquier otra manera por causar riesgos o daños de imagen, materiales o morales al Banco, a los participantes y/o a terceros. 

6.2 El Banco podrá prohibir la participación en el Premio como así también podrá tomar la decisión de no otorgar los importes objeto del mismo a aquellas personas que intenten socavar la operación legítima del Premio por medio de trampas, fraudes, engaños o cualquier otra práctica desleal destinada a resultar ganador de forma ilegítima, molestar, insultar, amenazar o acosar a otros participantes, sin perjuicio del derecho de reclamar los daños y perjuicios irrogados como consecuencia de dicho proceder. Si el Comité tiene razones para sospechar que un participante ha actuado de forma engañosa o fraudulenta (incluida la inscripción de un Proyecto que no le pertenece a quienes lo presenta, entre otros), el Banco se reserva, a su entera discreción, el derecho de eliminar al participante que considere responsable de dicha actividad o pueda estar vinculada a la misma. 

7.  AUTORIZACIÓN DE USO DE NOMBRE E IMAGEN
7.1 Los Ganadores otorgarán al Banco el derecho de usar y divulgar su imagen (incluyendo su voz y nombre), con la posibilidad de modificarla cuando resulte estrictamente necesario, en las redes sociales y campañas publicitarias que el Banco realice a través de cualquier medio en el marco de este Concurso. Los Participantes y eventuales Ganadores entienden y aceptan que este derecho será otorgado a título gratuito, de manera irrevocable y sin limitación territorial o temporal alguna.  

8.  DATOS PERSONALES

 8.1 Al participar en el Concurso y facilitar sus datos al Banco, el/los Participante/s presta/n expreso consentimiento para que tales datos puedan ser utilizados por el Banco con fines publicitarios y comerciales en general.

Los datos personales referidos anteriormente serán conservados en una base de datos de titularidad de Santander Rio S.A. El Participante podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación y/o supresión sobre sus datos conforme lo dispuesto por la Ley 25.326 y el Decreto 1558/2001. 

8.2. En cumplimiento de la Resolución AAIP Nº 14/2018, le hacemos saber que la Agencia de Acceso a la Información Pública, en su carácter de Órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales.

9.  MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN

9.1 El Banco podrá, a su solo criterio modificar la Vigencia para participar, introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados en la presente Base, ofreciendo, en su caso, la debida comunicación y publicidad a todos los Participantes y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Banco podrá cancelar, suspender o modificar total o parcialmente el Concurso y las presentes Bases cuando se presenten situaciones no imputables al Banco, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los Participantes. El Banco será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas bases y condiciones y las resoluciones que adopten al respecto serán definitivas e inapelables. La mera participación en el Concurso implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar el Banco con relación a cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas. 

10.  LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN

10.1 Toda relación que en virtud del Concurso se genere entre el Participante y el Banco será regida por las leyes de la República Argentina. Asimismo, resultarán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal que surja entre el Banco y el Participante los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.