Respondemos tus preguntas más frecuentes
La información aquí contenida es meramente ilustrativa y no sustituye, no modifica ni amplía a las Condiciones Generales, Particulares y demás documentación que forma parte de la Póliza.
Por eso, recomendamos leer detenidamente toda tu Póliza para conocer el alcance de la cobertura contratada, ya que los Productos, Coberturas y Servicios de Asistencia ante Urgencias pueden tener condiciones especiales, medidas de seguridad que tenés que cumplir, límites máximos de suma asegurada (monto máximo a abonar en caso de corresponder el pago del siniestro), límite en la cantidad de eventos cubiertos y exclusiones (hechos y situaciones que no están cubiertos por la póliza).
Póliza y Circulación
¿Qué requisitos debo cumplir para asegurar mi auto?
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Los requisitos pueden afectar, en algunos casos, al vehículo y en otros a su titular.
Son requisitos para el aseguramiento, el tipo de uso que se le otorga al vehículo (uso particular, uso comercial), la procedencia del vehículo ya que no se otorgan coberturas de casco a vehículos con carrocerías fuera de lo estándar o no fabricadas en serie, ni a aquellos vehículos registrados en el extranjero que se encuentren en tránsito por el territorio de la República Argentina. El estado general del vehículo, es importante considerar los daños y su costo de reparación, porque dicho costo limita las coberturas al que un cliente puede acceder. Edad del asegurado: El titular del interés asegurable debe ser una persona mayor de edad o -si fuera menor- que esté emancipada y que figure su nombre en el título de propiedad del automotor o en la certificación expedida por el registro pertinente. Siempre debe tener carnet de conducir habilitado.
¿Inspeccionan el auto antes de asegurarlo?
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Inicio de cobertura:
En todos los casos que requieran inspección se otorgará la cobertura solicitada por el asegurado desde el momento de la emisión. En caso de no poder acceder a la cobertura solicitada por daños detectados en la inspección, esta o cualquier otra situación, se le notificará al cliente.
Inspección post-cobertura:
Una vez emitida la póliza, es importante tener en cuenta que la aseguradora se encuentra legalmente facultada para efectuar inspecciones al vehículo cuando así lo crea conveniente.
¿Qué tipo de autos son asegurables?
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Vehículos de uso particular, con carrocerías dentro de lo estándar o fabricadas en serie, y registrados en el territorio de la República Argentina. Con un correcto estado de mantenimiento.
¿Cómo sé qué eventos me cubre el seguro y hasta cuánto?
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El alcance y límites de cada cobertura surgen de la Póliza.
¿Qué documentación del seguro tengo que llevar en el auto?
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Póliza Vigente.
¿Cómo puedo obtener mi comprobante de pago? ¿Lo necesito para circular?
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El asegurado debe circular con Constancia de Póliza Vigente. Así lo establece la Resolución 34.225 “requisitos para la Póliza básica del seguro obligatorio automotor” de la Superintendencia de Seguros de la Nación, en relación al Artículo 68 de la Ley de Tránsito y Seguridad Vial Nro 24.449.
Inc. g): La posesión de este comprobante obligatorio será prueba suficiente de la vigencia del seguro obligatorio de automotores exigido por el artículo 68 de la Ley Nº 24449. Conforme el artículo 2º de la Disposición Nº 70/2009 de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, la falta de portación del recibo de pago de la prima del seguro obligatorio por parte del conductor del vehículo, no podrá ser aducido por la Autoridad de Constatación para determinar el incumplimiento de los requisitos para la circulación.
¿Tengo cobertura en el exterior?
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Si, en países limítrofes.
¿Qué cambios o arreglos en el auto tengo que declarar?
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Deben ser denunciados, todo aquel arreglo, cambio y/o modificación del vehículo, o del tipo de uso y/o tipo de propulsión del mismo, entre otros que pudieran ocasionar una agravación del riesgo asumido que, si hubiese existido al tiempo de la celebración, a juicio de peritos hubiera impedido el contrato o modificado sus condiciones, siendo esto una causa de rescisión del contrato.
Siniestros
¿Cómo denunciar un siniestro?
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En caso de sufrir un siniestro podrás denunciarlo de una manera muy sencilla y rápida a través de Online Banking. Para hacerlo, deberás ingresar con tu usuario y contraseña a Online Banking, elegir la opción Seguros, seleccionar el producto sobre el cual necesitas hacer la denunciar (Seguro de Autos) y hacer click en el botón Denuncia de Siniestros. Completarlo te llevará tan sólo 3 pasos y, una vez ingresada correctamente, te llegará un mail de confirmación para que puedas hacer seguimiento de tu siniestro.
¿Qué documentación debo presentar ante un siniestro?
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En el momento de denunciar un siniestro deberás presentar cierta documentación. Para conocer la misma, hacé click acá.
¿Tengo algún lapso de tiempo para denunciar el siniestro desde que ocurrió?
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Siempre es conveniente hacer la denuncia lo antes posible, y te recomendamos que nunca excedas las 72hs de ocurrido el siniestro.
¿Cuáles son los pasos a seguir una vez denunciado el siniestro?
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La compañía te informará mediante carta documento o a través de un email la resolución del mismo.
Cabe aclarar que es posible que, antes de resolver, la Compañía solicite información y/o documentación adicional relacionada con la denuncia formulada, para poder analizar si corresponde o no la cobertura.
Asimismo, a los fines de evaluar las características del evento denunciado La Compañía podrá designar un Estudio de Liquidador a tal efecto.
Cobros
¿Cuál es la forma y el tiempo de liquidación una vez aceptada la propuesta de indemnización?
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Una vez recibida la conformidad del monto a indemnizar, en el término de 3 días hábiles (tener en cuenta el tiempo de transferencia a otros bancos) tendrás depositado el monto en la cuenta indicada o en su defecto el cheque emitido el cual se enviará a la sucursal solicitada.
Agente Institorio inscripto en el Registro de Agentes Institorios bajo el nro. 139, de conformidad con la Resolución SSN ° 38052 del 20/12/2013: Banco Santander Río S.A. Compañía aseguradora: Zurich Santander Seguros Argentina S.A., domicilio 25 de Mayo 140, Ciudad Autónoma de Bs. As. CUIT: 30-69896545-9. Inscripto en la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) mediante Nº 0692. Tel SSN 4338-4000 O 0800-666-8400, www.ssn.gob.ar. Agente institorio: Banco Santander Río S.A. es una sociedad anónima según la ley argentina ningún accionista mayoritario de capital extranjero responde por las operaciones del banco, en exceso de su integración accionaria (ley 25.768) Domicilio de Banco Santander Río S.A. Bartolomé Mitre 480 , Ciudad Autónoma de Buenos Aires. CUIT: 30-50000845-4.
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